Da 10 Presupuestos 2007 Extremadura
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»DISPOSICIÓN ADICIONAL DÉCIMA. Generación de crédito destinado a financiar gastos corrientes del Servicio Extremeño de Salud.
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Se autoriza al Consejo de Gobierno a generar créditos en el estado de gastos del Servicio Extremeño de Salud destinados a bienes y servicios de naturaleza corriente, financiándose con anticipos de tesorería a cuenta de la liquidación de los tributos cedidos y del Fondo de Suficiencia, que autorice el Tesoro del Estado, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto-ley 12/2005, de 16 de septiembre, por el que se aprueban determinadas medidas en materia de financiación sanitaria, correspondiente al ejercicio 2006, por importe superior a las previsiones iniciales contempladas en el presupuesto de ingresos.
