Da 10 Presupuestos 2009 C León

Da 10 Presupuestos 2009 C. León

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D.A. 10ª.- Planes y programas de actuación.

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Corresponde al centro directivo de la Consejería de Hacienda competente en materia de presupuestos emitir el informe al que se refiere el párrafo segundo del artículo 76 de la Ley de la Hacienda y del Sector Público de la Comunidad de Castilla y León siempre que las disposiciones generales, los anteproyectos de ley, los planes o los programas afecten a los gastos públicos y tengan incidencia sobre el cumplimiento del principio de estabilidad presupuestaria.

Disposición adicional decimoprimera.-Retribuciones de los Presidentes, Consejeros Delegados, Directores Generales, Gerentes, y otros cargos directivos análogos de las Empresas y Entes Públicos de la Comunidad de Castilla y León.

Las retribuciones de los Presidentes, Consejeros Delegados, Directores Generales, Gerentes, y otros cargos directivos análogos de las Empresas y Entes Públicos de la Comunidad de Castilla y León, tanto si han accedido al cargo por nombramiento como si lo han hecho a través de un contrato laboral o mercantil, serán autorizadas en el momento de su designación o contratación por el titular de la Consejería de Hacienda, a propuesta del titular de la consejería a la que se encuentren adscritos. Los puestos antes mencionados cuyas retribuciones hubiesen sido autorizadas con anterioridad a la entrada en vigor de esta ley, percibirán en el presente ejercicio las mismas cuantías y por los mismos conceptos que en el año 2008, sin perjuicio de la antigüedad que pudiera corresponderles.

Disposición adicional decimosegunda.- Información contable de las entidades sin presupuesto de ingresos diferenciado.

La información contable y la rendición de cuentas de las entidades sin presupuesto de ingresos diferenciado podrá incluirse dentro de la relativa a la Administración General.