Da 10 Presupuestos Generales para 2026 del Principado de Asturias
D.A. 10ª. Ayudas a la natalidad en 2026.
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1. Con la finalidad de fomentar la natalidad, tendrán derecho a una ayuda económica por nacimiento o adopción, en los términos que se determine en la correspondiente convocatoria, las familias con una renta de hasta 45.000 euros residentes en alguno de los concejos del Principado de Asturias.
Los importes de la ayuda serán de:
a) Por nacimiento o adopción de primer hijo/a, 1.200 euros.
b) Por nacimiento o adopción del segundo y/o sucesivos hijos/as, 1.700 euros.
c) Por nacimiento o adopción de hijos/as en familias con residencia en concejos en riesgo de despoblamiento o en crisis demográfica, 2.200 euros, con independencia del orden del nacido.
Se entenderá por concejos en riesgo de despoblamiento o en crisis demográfica aquellos concejos así clasificados según lo dispuesto en el Decreto 83/2025, de 23 de junio, por el que establece la zonificación demográfica y se regula el Indicador Sintético de Estado Demográfico del Principado de Asturias.
La ayuda definida en este apartado es incompatible con las definidas en los apartados a) y b).
En el caso de partos o adopciones múltiples todos los nacidos/adoptados generarán derecho a la presente ayuda.
2. Estas ayudas se concederán de forma directa, conforme a lo previsto en el artículo 22.2 b) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, previa convocatoria pública, teniendo un carácter singular, atendiendo a la finalidad perseguida.
Las solicitudes de subvención se tramitarán e instruirán por el órgano que se determine en cada convocatoria, que realizará la oportuna propuesta y se resolverán por orden de presentación de las mismas.
