Da 10 presupuestos generales para el año 2026 de la Comunidad Autónoma de Galicia
D.A. 10ª. Modificación de las plantillas de personal del Servicio Gallego de Salud
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Corresponde al Servicio Gallego de Salud autorizar las modificaciones, dentro de cada centro de gestión, de las plantillas de personal estatutario, personal MIR/EIR (personal médico y enfermero interno residente en formación) y cualquier otro tipo de personal de instituciones sanitarias dependientes del organismo no incluido en las relaciones de puestos de trabajo, siempre y cuando la modificación acordada no conlleve incremento de los créditos del artículo correspondiente del centro referido.
En idénticas condiciones, corresponde al Servicio Gallego de Salud autorizar la modificación prevista en el párrafo anterior de las plantillas de personal funcionario sanitario pertenecientes a las clases de médicas y médicos, practicantes y matronas y matrones titulares.
En todo caso, se dará cuenta a la Consejería de Hacienda y Administración Pública una vez tramitada la modificación correspondiente, debiendo respetarse los derechos laborales del personal afectado.
