Da 10 Reglamento General de Costas
Ver Indice
»D.A. 10ª. Competencia de los Delegados del Gobierno en las Ciudades de Ceuta y Melilla.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Las referencias efectuadas en el Reglamento a los servicios periféricos de Costas se entenderán hechas a los Delegados del Gobierno en las Ciudades de Ceuta y Melilla, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11.3 del Real Decreto 1330/1997, de 1 de agosto, de integración de servicios periféricos y de estructura de las Delegaciones del Gobierno.
