D.A. 11ª. Base de datos de los cambios de uso forestal.
D.A. 11ª. Base de datos de los cambios de uso forestal.
La Administración forestal, a través del Servicio con competencia en materia de montes y aprovechamientos forestales, dispondrá de una base de datos que, desagregados por sexo, de conformidad con lo previsto en el artículo de 28 de Ley 8/2011, de 23 de marzo, de Igualdad entre mujeres y hombres y contra la violencia de género en Extremadura, incorporará, en todo caso, todos los cambios de uso forestal producidos, a tenor de lo previsto en el artículo 3.1b) del Decreto 57/2018, de 15 de mayo, por el que se regulan los cambios de uso de suelo forestal a cultivos agrícolas en la Comunidad Autónoma de Extremadura, en desarrollo del artículo 266 de la Ley Agraria de Extremadura, en su redacción del Decreto Ley 12/2020, de 19 de junio, de medidas extraordinarias y urgentes para la reactivación de la actividad económica y social en la Comunidad Autónoma de Extremadura en el proceso hacia la "Nueva Normalidad". Dicho sistema de información deberá ser accesible a la Administración General del Estado.
- Modificación realizada (D.A. 11ª (se añade)) por Decreto 37/2022, de 12 de abril, por el que se modifica el Decreto 57/2018, de 15 de mayo, por el que se regulan los cambios de uso de suelo forestal a cultivos agrícolas en la Comunidad Autónoma de Extremadura y el Decreto 134/2019, de 3 de septiembre, por el que se regula la realización de determinadas actuaciones forestales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y los Registros de Cooperativas, Empresas e Industrias Forestales y de Montes Protectores de Extremadura.
(DOE de 19-04-2022) en vigor desde 19-04-2022 - Texto Original. Publicado el 10-09-2019 en vigor desde 19-04-2022