Da 11 Financiacion de los partidos politicos
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»D.A. 11ª.
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Lo dispuesto en el apartado dos del artículo 7. º de esta Ley no será de aplicación a aquellos partidos políticos que desarrollen funciones políticas como partidos legalmente establecidos en otros Estados distintos del español, siempre que se trate de subvenciones fundamentadas en el desarrollo de dichas funciones.
