Da 11 General Tributaria de Navarra

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D.A. 11ª. Obligación de informar sobre operaciones incluidas en los libros registro.

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De conformidad con lo establecido en el artículo 27.5 de esta ley foral, los obligados tributarios habrán de presentar una declaración informativa con el contenido de los libros registro a que se refiere el artículo 53.1 del Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido, aprobado por Decreto Foral 86/1993, de 8 de marzo. La persona titular del departamento competente en materia tributaria establecerá las personas o entidades obligadas a presentar dicha declaración, así como el modelo, plazo, forma y contenido de ésta.

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