Da 11 Indemnizaciones por razón del servicio
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»DISPOSICIÓN ADICIONAL UNDÉCIMA. Personal contratado en localidades concretas del extranjero.
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El personal contratado expresamente para prestar servicio en una localidad concreta del extranjero se regirá, a efectos del tipo de indemnizaciones que se regulan en este Real Decreto, por la legislación específica de carácter local que le resulte aplicable.
