Da 11 Metodología de cálculo de los precios voluntarios para el pequeño consumidor de energía eléctrica
- Se entienden suprimidas todas las referencias a la oferta alternativa al precio voluntario para el pequeño consumidor a precio fijo contenidas en el presente Real Decreto. - Real Decreto 184/2022, de 8 de marzo, por el que se regula la actividad de prestacion de servicios de recarga energetica de vehiculos electricos.
D.A. 11ª. Coordinación de los sujetos en la operación del sistema.
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Las propuestas de procedimientos de operación de carácter técnico e instrumental necesarios para realizar la adecuada gestión técnica del sistema que, de acuerdo con el artículo 31 Real Decreto 2019/1997, de 26 de diciembre, por el que se organiza y regula el mercado de producción de energía eléctrica, serán presentadas por el Operador del Sistema para su aprobación por el Ministerio de Industria, Energía y Turismo, deberán ir acompañadas del informe de los representantes de todos los sujetos del sistema definidos en el artículo 6 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.
El Operador del Sistema informará a los sujetos a los que hace referencia el artículo 6 de la referida ley de las incidencias que se produzcan en el ejercicio de sus competencias. A estos efectos, el Operador del Sistema, dispondrá de un servicio específico de atención a dichos sujetos.
