Da 11 Presupuesto para el año 2020 de Andalucía
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»D.A. 11ª. Compensación económica por los gastos de funcionamiento de los servicios de asistencia jurídica gratuita para el ejercicio 2020.
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Para el cálculo de la compensación económica que corresponda en el ejercicio 2020 por los gastos de funcionamiento previstos en el artículo 53 del Reglamento de Asistencia Jurídica Gratuita en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, aprobado por el Decreto 67/2008, de 26 de febrero, se tomará como base la propuesta presentada por los Colegios de Abogados y Colegios de Procuradores de los Tribunales, con un límite máximo del 8% del coste económico generado por las actuaciones profesionales en materia de justicia gratuita efectuadas en los tres primeros trimestres de 2019 y en el cuarto trimestre de 2018.
