Da 11 Presupuestos 2011 Canarias

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D.A. 11ª.- Financiación específica.

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1. Dado que, de la liquidación definitiva de la financiación de las competencias transferidas a los cabildos insulares, correspondiente al ejercicio 2008, deriva un saldo negativo, esta deuda se cancelará en el plazo máximo de cinco años a partir de enero de 2011.

La cancelación se realizará mediante compensación en el importe que cada cabildo insular reciba al inicio de cada trimestre en concepto de competencias transferidas.

2. Durante el ejercicio 2011, los créditos consignados en el programa 942D "Otras transferencias a Corporaciones Locales", que el Gobierno de Canarias destina a las entidades locales como consecuencia de la reducción de la compensación al Estado por la supresión del Impuesto General de Tráfico de Empresas, se librarán a cada cabildo insular con carácter genérico, al inicio de cada trimestre.

3. Durante el ejercicio 2011, los créditos consignados en el programa 942D "Otras transferencias a Corporaciones Locales" destinados a financiar la capitalidad compartida de Canarias, de las ciudades de Las Palmas de Gran Canaria y de Santa Cruz de Tenerife se librarán a cada ciudad con carácter genérico, al inicio de cada trimestre.