Da 11 Presupuestos 2011 Cataluña

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D.A. 11ª. Cuantía de la prestación para el mantenimiento de los gastos del hogar para determinados colectivos

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1. Las personas beneficiarias de la prestación para el mantenimiento de los gastos del hogar para determinados colectivos no pueden superar unos ingresos totales anuales, para el año 2011, iguales a la suma del 102% del indicador de renta de suficiencia más el importe anual de la prestación, fijado en 540 euros.

2. Se fija en 45 euros el importe mensual para los meses enteros del año 2011, con efecto desde el mes de enero, para las personas beneficiarias que no perciben ingresos de ningún tipo que excedan el importe del 102% del indicador de renta de suficiencia. Para las personas que perciben ingresos, en cómputo anual, superiores al 102% del indicador de renta de suficiencia y hasta el valor límite fijado por el apartado 1, dicho importe de 45 euros queda reducido de forma proporcional al importe de los ingresos, sin que, en ningún caso, pueda ser inferior a 6 euros mensuales.

3. Para el ejercicio 2011, se mantiene el mismo importe de la prestación para las personas que fueron beneficiarias de la misma durante el año 2010, siempre que las condiciones de acceso no hayan variado y no superen unos ingresos totales anuales, para el año 2011, iguales a 8.960 euros, incluida la prestación.