Da 11 RD. 1060/2015, de 20 de noviembre, Ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras
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»D.A. 11ª. Peritos de seguros, Comisarios de Averías y Liquidadores de averías.
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Los peritos de seguros, comisarios de averías y liquidadores de averías que intervengan en el procedimiento de tasación pericial contradictoria deberán tener conocimiento suficiente de la técnica de la pericia aseguradora. La Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones podrá desarrollar por circular los mecanismos de acreditación de conocimientos exigibles a los peritos de seguros, comisarios de averías y liquidadores de averías.

