Da 11 Reglamento del Impuesto sobre Sociedades -Álava / Araba-
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»D.A. 11ª. Porcentaje general de retención o ingreso a cuenta aplicable en 2015.
Vigente
Desde el 1 de enero de 2015 hasta el 11 de julio de 2015, el porcentaje de retención o ingreso a cuenta a que se refiere la letra a) del artículo 56 de este Reglamento será del 20 por ciento. Este porcentaje será del 19,5 por ciento desde el 12 de julio de 2015 hasta el 31 de diciembre de 2015.
Modificaciones
- Modificación realizada (D.A. 11ª (se añade)) por Decreto Foral 41/2015, del Consejo de Diputados de 21 de julio, que modifica determinados tipos de retención e ingreso a cuenta en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y en el Impuesto sobre Sociedades, a fin de ajustarlos a la normativa de régimen común.
(BOTHA de 31-07-2015) en vigor desde 01-08-2015 - Texto Original. Publicado el 08-08-2014 en vigor desde 01-08-2015