D.A. 11ª. Formación.
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La Administración autonómica desarrollará un plan de formación con la finalidad de facilitar la adquisición de las competencias y habilidades necesarias para la gestión de los procedimientos de dependencia y discapacidad.
En concreto, para las/los trabajadoras/res sociales de referencia, se realizarán periódicamente sesiones divulgativas, campañas de difusión, instrucciones o cualquier otra actuación orientada a los trabajadores sociales de referencia, con la finalidad de proporcionarles información actualizada con las modificaciones normativas, novedades de gestión y otros cambios relativos a los procedimientos de reconocimiento de la situación de dependencia y discapacidad.
Modificaciones
- Artículo modificado (D.A. 11ª (se añade)) por LEY 5/2024, de 27 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas.
en vigor desde 01-01-2025
