Da 11 Uso estratégico de la contratación pública
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»D.A. 11ª. Contratación electrónica de los entes locales.
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La utilización por los entes locales de los instrumentos de apoyo a la contratación pública regulados en los Capítulos II y III del Título III de esta ley requerirá la suscripción del oportuno convenio entre la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y aquellos entes que decidan adherirse a la Plataforma de Contratación del Sector Público de la Comunidad Autónoma de Aragón.
