Da 116 2021 PGE
D.A. 116ª. Compensaciones a entidades locales.
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Con cargo al crédito consignado en la Sección 37, Servicio 02, Secretaría General de Financiación Autonómica y Local. Entidades Locales, Programa 942N, concepto 461, se reconocerá una compensación adicional a la correspondiente a las cuotas del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica objeto de condonación en el año 2021, como consecuencia de la aplicación de los beneficios fiscales establecidos en el vigente Convenio de Cooperación para la Defensa con los Estados Unidos, de fecha 1 de diciembre de 1988, a favor de los municipios a los que, teniendo una población superior a 5.000 habitantes e inferior a 50.000 habitantes, sea aplicable dicha medida. Además, participarán en la compensación regulada en esta disposición, los municipios que, siendo limítrofes de aquellos y con una población de derecho superior a 20.000 habitantes e inferior a 50.000 habitantes, tengan en su término municipal desplegadas fuerzas y bases o instalaciones militares en aplicación de Protocolos de Enmienda a aquel Convenio suscritos con posterioridad al año 1988.
El importe total de dicha compensación se cuantifica en dos millones de euros, se distribuirá entre los municipios que cumplan las condiciones recogidas en el párrafo anterior, con arreglo al criterio que se establezca mediante resolución de la Secretaria de Estado de Hacienda, y se transferirá en un pago único en 2021, realizándose los libramientos por la Secretaría General de Financiación Autonómica y Local, que asignará la compensación a cada municipio de acuerdo con aquel criterio.
