Da 12 Presupuestos 2009 Cataluña
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»D.A. 12ª. Prestación por acogida de menores de edad tutelados por la Generalidad
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De acuerdo con lo establecido por el artículo 22.4 y la disposición transitoria sexta de la Ley 13/2006, de 27 de julio, de prestaciones sociales de carácter económico, para la prestación por acogida de menores de edad tutelados por la Generalidad para el ejercicio 2009, las cuantías de estas prestaciones no pueden ser inferiores a los siguientes importes mensuales:
a) 326 euros para los menores de edad de cero a nueve años.
b) 362 euros para los menores de edad de diez a catorce años.
c) 393 euros para los menores de edad de quince o más años, hasta que cumplan dieciocho.
