Da 12 Presupuestos 2011 Cantabria
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»D.A. 12ª HABILITACIÓN AL INSTITUTO DE FINANZAS DE CANTABRIA
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De acuerdo con lo previsto en el artículo 13 de la Ley 2/2008, de 11 de julio, por la que se crea el Instituto de Finanzas de Cantabria, el Instituto podrá proceder, previo el cumplimiento de los requisitos legalmente previstos, a la constitución o a la adquisición de una participación en una o varias entidades de capital riesgo o sociedades gestoras de entidades de capital riesgo [entidadesfinancieras sujetas a supervisión prudencial, sociedades de garantía, entidades aseguradoras, instituciones de inversión, empresas de servicios de inversión y otras entidades de naturaleza análoga] que permita canalizar las inversiones que deba acometer en diversos sectores de la economía.
