Da 12 Presupuestos 2013 Murcia

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D.A. 12ª.- Imputación de gastos de ejercicios anteriores al presupuesto de 2013.

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1. Una vez cargado en el sistema contable de la Comunidad el presupuesto de 2013, por la Intervención General se procederá a imputar al mismo los compromisos de gastos plurianuales procedentes de ejercicios anteriores, excepto los imputables a los créditos financiados con fondos FEADER de la Unión Europea, incluidos en el Programa de Desarrollo Rural de la Región de Murcia 2007-2013, así como los gastos que hubieren sido objeto de tramitación anticipada. En el caso de los gastos de tramitación anticipada que hayan llegado a la fase de compromiso del gasto y afecten a los ejercicios 2014 y siguientes, no será necesario efectuar la comprobación de los límites que para las anualidades futuras establece la regla 10 de la Orden de 15 de diciembre de 1997, de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se aprueba la instrucción de contabilidad de gastos de tramitación anticipada.

2. Realizada esa operación, las consejerías y organismos autónomos dispondrán de un mes para imputar a los créditos de 2013 los compromisos de gastos debidamente adquiridos en ejercicios anteriores. A tal fin, la Intervención General comunicará a las consejerías y organismos autónomos el inicio y finalización de ese plazo. Una vez vencido, no se podrán imputar nuevos compromisos, sin la autorización de la Consejería de Economía y Hacienda.