Da 13 Medidas Fiscales y Administrativas
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»D.A. 13ª.- Excepciones a la afectación de ingresos al presupuesto de organismos públicos.
Vigente
La cuantía de la recaudación derivada de ingresos de derecho público que se encuentre afectada por ley al presupuesto de un organismo autónomo o entidad de Derecho público de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón no comprenderá el importe de los recargos de apremio, reducido y ordinario, a que se refiere el artículo 28 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, ni los intereses de demora exigidos por los aplazamientos o fraccionamientos en período ejecutivo a que se refiere el artículo 53 del Reglamento General de Recaudación, aprobado por Real Decreto 939/2005, de 29 de julio.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 03-02-2016 en vigor desde 04-02-2016