Da 13 Presupuestos 2013 Aragón

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D.A. 13ª.- Ayuda a los países más desfavorecidos.

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1. El Fondo de Solidaridad con los países más desfavorecidos tendrá una dotación de dos millones quinientos veinticinco mil doscientos cincuenta y dos euros con cincuenta y dos céntimos para el año 2013, como expresión de la aportación del 0,7% de los capítulos VI y VII del presupuesto.

2. Dicho Fondo estará integrado por los créditos que, con tal carácter, se encuentran consignados en la Sección 10, «Presidencia y Justicia».

3. El Fondo se destinará a la realización de proyectos y programas que, sustentados en el principio de solidaridad, contribuyan al desarrollo y atención de las necesidades de la población de los países más desfavorecidos. Con el objeto de conseguir la mayor eficacia en el desarrollo de la política de cooperación, con cargo a dichos créditos podrá imputarse la financiación de todos los proyectos y programas aprobados sin atender a la naturaleza de sus gastos, y el Consejero de Hacienda y Administración Pública podrá autorizar las modificaciones presupuestarias que sean precisas para permitir la gestión de algunos proyectos del Fondo por otras secciones presupuestarias u organismos públicos.

4. La distribución de este Fondo para el año 2013 será la siguiente:

a) dos millones quinientos mil euros euros se consignan en el capítulo VII del presupuesto de la Sección 10, «Presidencia y Justicia», destinados a proyectos y programas de cooperación para el desarrollo, que se distribuirán para cada tipo de ayuda en los siguientes porcentajes:

- El 30% del Fondo, para ayudas a proyectos que contribuyan a satisfacer necesidades básicas.

- El 50% del Fondo, tanto para programas que incidan en el desarrollo económico y social de los pueblos como para la formación y asistencia técnica previstas en las iniciativas y redes de comercio justo.

- El 10% del Fondo, a ayudas de emergencia y humanitarias.

- El 10% del Fondo, para la educación y sensibilización (incluida la relativa a comercio justo), y para la formación de cooperantes y voluntarios aragoneses que colaboren en programas de desarrollo.

En el supuesto de que las solicitudes presentadas para cada tipo de ayuda no permitan destinar la totalidad del porcentaje previsto para cada una de ellas, la Comisión de Valoración y Evaluación en materia de cooperación para el desarrollo podrá acumular el crédito no dispuesto al resto de las tipologías, con el fin de utilizar adecuadamente la dotación presupuestaria del Fondo de Solidaridad con los países más desfavorecidos.

b) veinticinco mil doscientos cincuenta y dos euros con cincuenta y dos céntimos se consignan en el capítulo II del presupuesto de la Sección 10, «Presidencia y Justicia», para realizar las tareas de formación, evaluación y seguimiento de los proyectos y programas.

5. La Comisión de Hacienda, Presupuestos y Administración Pública de las Cortes de Aragón conocerá los proyectos y programas, aprobados anualmente, mediante informe que le será remitido por el Gobierno de Aragón en un plazo máximo de quince días desde que se produzca el acuerdo de este. El informe contendrá, al menos, la relación de proyectos aprobados, el importe, la organización destinataria, en su caso, y el país de destino, así como el listado de los proyectos y programas no aprobados. Además, el Gobierno de Aragón dará cuenta a la Comisión de Hacienda, Presupuestos y Administración Pública, de forma semestral, del estado de ejecución de los proyectos y programas.

6. Cualquier actuación en materia de cooperación para el desarrollo que se realice por la Administración de la Comunidad Autónoma deberá ser informada previamente por el Departamento de Presidencia y Justicia.