Da 13 Sector eléctrico -D... indicada-

Da 13 Sector eléctrico -Derogada en la forma indicada-

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D.A. 13ª. Costes de «stock» estratégico del combustible nuclear.

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(DEROGADO)

El Gobierno podrá determinar una cuantía que, con cargo a los ingresos por consumo de energía eléctrica, sea destinada a financiar los costes asociados al «stock» estratégico de combustible nuclear.

Las cantidades a que se refiere la presente disposición tendrán la consideración de costes de diversificación y seguridad de abastecimiento a los efectos de lo previsto en la presente Ley.

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