Da 13 Sector ferroviario -Derogada-
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»D.A. 13ª. Reglamento de Circulación Ferroviaria.
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1. El Reglamento de Circulación Ferroviaria establecerá las reglas y procedimientos operativos necesarios para que la circulación de los trenes, por la Red Ferroviaria de Interés General, se realice de forma segura y eficiente.
2. Corresponderá al Consejo de Ministros mediante real decreto, a propuesta del Ministro de Fomento, aprobar el Reglamento de Circulación Ferroviaria.
3. En tanto no se apruebe el Reglamento de Circulación Ferroviaria, regirán las disposiciones actualmente aplicables en esta materia.
Modificaciones
- Artículo modificado por Real Decreto-ley 1/2014, de 24 de enero, de reforma en materia de infraestructuras y transporte, y otras medidas económicas.
(BOE de 25-01-2014) en vigor desde 26-01-2014
