Da 13 TR. de la ley de aguas
- Quedan derogadas, respecto de las actividades industriales incluidas en el ámbito de aplicación de la Ley 16/2002, de 1 de julio, las prescripciones establecidas en relación con los procedimientos de solicitud, concesión, revisión y cumplimiento de las autorizaciones de vertidos a las aguas continentales de cuencas intracomunitarias reguladas en el presente Texto Refundido. - LEY 16/2002, de 1 de julio, de prevencion y control integrados de la contaminacion.
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»D.A. 13ª. Regulaciones internacionales.
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El régimen de protección de las aguas establecido en esta ley se aplicará sin perjuicio de lo que dispongan las leyes reguladoras de las relaciones internacionales, los acuerdos o los convenios suscritos con otros países.
Modificaciones
- Artículo modificado (D.A. 13ª (se añade)) por LEY 62/2003, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social.
(BOE de 31-12-2003) en vigor desde 01-01-2004
