Da 14 se aprueba del TR. de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
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»D.A. 14ª. Captación de datos.
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El Ministro de Hacienda, previo informe de la Agencia Española de Protección de Datos en lo que resulte procedente, propondrá al Gobierno las medidas precisas para asegurar la captación de datos obrantes en cualquier clase de registro público o registro de las Administraciones públicas, que sean precisos para la gestión y el control del Impuesto.
