Da 14 Presupuestos 2004 Murcia

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D.A. 14ª. Autorización para la creación de una empresa pública regional.

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1. Se autoriza al Consejo de Gobierno a crear una empresa pública regional de las previstas en el artículo 6.1.b) del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de la Región de Murcia, aprobado por Decreto Legislativo 1/1999, de 2 de diciembre, que tendrá como objeto social la promoción, construcción y explotación de bienes inmuebles destinados a satisfacer las necesidades de infraestructuras sanitarias y sociosanitarias de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Asimismo, la empresa pública tendrá como objeto social el desarrollo y explotación de servicios complementarios de las infraestructuras que no tengan naturaleza sanitaria o sociosanitaria.

2. Las relaciones entre la Administración pública regional y la empresa pública se podrán articular mediante convenios que regularán la puesta a disposición de los servicios sanitarios o sociosanitarios de las correspondientes infraestructuras. Dichos convenios serán autorizados por el Consejo de Gobierno, a propuesta del consejero competente en materia sanitaria o sociosanitaria, previo informe del consejero competente en materia de hacienda, y preverán como mínimo, sin perjuicio de otras especificaciones que deban figurar de acuerdo con la normativa que les sea de aplicación, los siguientes extremos:

El compromiso de la empresa pública de poner la infraestructura a disposición de los servicios sanitarios o sociosanitarios durante el periodo de tiempo que se pacte.

El importe de la contraprestación anual por la disponibilidad de la infraestructura, determinado a precios de mercado.

Para la realización de los referidos pagos anuales, la Administración podrá adquirir los compromisos de gasto plurianual que resulten pertinentes sin sujeción a las limitaciones establecidas en el artículo 37 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de la Región de Murcia.