Da 14 Presupuestos Generales para 2022 de Madrid
- Desde el 1 de enero de 2023 y hasta la publicación y entrada en vigor de la ley de presupuestos generales de la Comunidad de Madrid para el año 2023 continuará en vigor lo dispuesto en la presente norma, con las adecuaciones temporales correspondientes y con las excepciones derivadas de su adaptación a lo establecido en normas legales, en el Decreto 137/2022, de 28 de diciembre, o en todo aquello que pudiera resultar inaplicable por su naturaleza. - Decreto 137/2022, de 28 de diciembre, por el que se establecen los criterios de aplicación de la prórroga automática de los presupuestos generales de la Comunidad de Madrid para 2022, hasta la entrada en vigor de los presupuestos generales para 2023
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»D.A. 14ª. Suspensión de normas convencionales
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En el año 2022, con aplicación en el conjunto del sector público autonómico delimitado en el artículo 21.1 de esta ley y en coherencia con lo dispuesto en el artículo 21.7 de la misma, quedan suspendidas todas las previsiones que hubieran tenido su origen en Acuerdos, tanto de ámbito general como sectorial, o en convenios colectivos para el personal del sector público de la Comunidad de Madrid, suscritos con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 12/2017, de 26 de diciembre, y que puedan dar lugar a incremento de la masa salarial para el año 2022, cualquiera que sea el ejercicio del que procedan, excluidos préstamos, anticipos y las ayudas y pluses al transporte de los empleados públicos.
