Da 14 presupuestos generales para el año 2017 de la comunidad autónoma de las Illes Balears
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»D.A. 14ª. Régimen retributivo del personal funcionario sanitario local que no se haya integrado en la condición del personal estatutario fijo
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1. Mientras no se haga efectivo el mandato que contiene el párrafo segundo de la disposición adicional decimosexta de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, el personal funcionario sanitario local que no se haya integrado continuará percibiendo las retribuciones del sistema de cuota y zona en los conceptos retributivos que establecía la derogada Orden del Ministerio de Sanidad y Consumo de 8 de agosto de 1986.
2. En todo caso, las cuantías abonadas desde el 1 de enero de 2014 por los conceptos a que hace referencia el apartado anterior tienen validez hasta la entrada en vigor de esta ley.
