Da 14 TR de la Ley de Ord... de Aragón

Da 14 TR. de la Ley de Ordenación de la Función Pública de Aragón

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D.A. 14ª.

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Los funcionarios al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón podrán ser adscritos a puestos de trabajo de distinta unidad o localidad, previa solicitud basada en motivos de salud o rehabilitación del funcionario, su cónyuge o los hijos a su cargo, previo informe del servicio médico oficial y condicionado a que existan puestos vacantes adecuados a su Cuerpo, Escala y Titulación y cuyo complemento de destino y específico no sea superior al puesto de origen. La adscripción provisional a que se refiere el párrafo anterior implicará la reserva del puesto de origen del funcionario afectado.

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