Da 15 General Tributaria de Navarra
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»D.A. 15ª. Cesión de información tributaria.
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(NOTA: Con efectos a partir de 21 de junio de 2012)
La Administración tributaria de la Comunidad Foral facilitará, dentro de cada ejercicio, al órgano de la Administración pública responsable del reconocimiento y control de la condición de asegurado o de beneficiario de éste, los datos relativos a sus niveles de renta en cuanto sean necesarios para determinar el. porcentaje de participación en el pago de las prestaciones de la cartera común de servicios sujetas a aportación en el Sistema Nacional de Salud.
En el tratamiento de estos datos la Administración cesionaria deberá respetar la normativa sobre protección de datos de carácter personal.
Modificaciones
- Artículo modificado (D.A. 15ª (se añade)) por LEY FORAL 10/2012, de 15 de junio, por la que se introducen diversas medidas tributarias dirigidas a incrementar los ingresos públicos.
(NA de 20-06-2012) en vigor desde 21-06-2012
