Da 15 Personal estatutario del Servicio Murciano de Salud
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»D.A. 15ª. Permiso retribuido para personal estatutario en estado de gestación.
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El personal estatutario en estado de gestación tendrá derecho a disfrutar de un permiso retribuido, a partir del día primero de la semana 37 de embarazo, hasta la fecha de parto.
En el supuesto de gestación múltiple, este permiso podrá iniciarse el primer día de la semana 35 de embarazo, hasta la fecha de parto.
(NOTA: Con efectos desde 1 de enero de 2016)
Modificaciones
- Artículo modificado (D.A. 15ª (se añade y con efectos retroactivos)) por Ley 1/2016, de 5 de febrero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2016.
(MU de 06-02-2016) en vigor desde 07-02-2016
