Da 15 Presupuesto 2025 de Andalucía

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D.A. 15ª. Autorización para operaciones de enajenación de inmuebles con reserva de uso temporal.

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Se autoriza a la persona titular de la Consejería competente en materia de hacienda para la enajenación de bienes inmuebles, en los términos del artículo 88 bis de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, en caso de proyectos de inversión que vayan a ejecutarse a través de fórmulas de colaboración público-privada, cualquiera que sea su importe, hasta un plazo máximo de cuarenta años de duración.