Da 15 Presupuestos Generales para 2022 de Navarra
- En el listado de partidas presupuestarias que acompañan a la Ley Foral de Presupuestos, se modifica la denominación de una partida del Departamento de Cultura y Deporte, al haber un error en la denominación de la entidad beneficiaria, pasando a ser «Asociación Gaztelu» en lugar de «Sociedad Gaztelu», manteniendo la codificación, el importe y la finalidad. También se modifica la parcela destinada por el Ayuntamiento del Valle de Egüés para la instalación de un espacio multideportivo prevista en la partida A50001 A5400 7609 336145, es 427 en lugar de 413. - LEY FORAL 14/2022, de 12 de mayo, de modificacion de la Ley Foral 18/2021, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de Navarra para el año 2022.
D.A. 15ª.- Medidas urgentes en materia de personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra.
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Con carácter general se prorrogan para el año 2022 las medidas urgentes en materia de personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra previstas en el artículo 1 de la Ley Foral 13/2012, de 21 de junio.
La aplicación del artículo 1 citado en el párrafo anterior en cuanto a la edad de jubilación comprenderá a todo el personal funcionario, cualquiera que sea el sistema de previsión social al que se encuentre acogido, incluyendo los acogidos al sistema anterior a la Ley Foral 10/2003, de 5 de marzo, sobre régimen transitorio de los derechos pasivos del personal funcionario de los Montepíos de las Administraciones Públicas de Navarra, y a los acogidos a dicho régimen.
No obstante, y como salvedad, el Departamento de Salud podrá prolongar en el servicio activo a determinado personal del mismo durante el año 2022, por necesidades del servicio y falta de profesionales, razones en todo caso debidamente justificadas. Así, se podrá autorizar la prolongación en el servicio activo una vez que hayan llegado a la edad de jubilación legal estipulada por la Seguridad Social, a los profesionales facultativos incluidos en los estamentos A.1. y A.2.5. de la Ley Foral 11/1992, reguladora del régimen específico del personal adscrito al Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, así como a los profesionales de estos estamentos cuando estén desempeñando funciones de Jefe de Servicio o de Jefe de Sección Asistencial, siempre que la lista de contratación de su respectiva especialidad se encuentre abierta. El momento para la comprobación de esta circunstancia a efectos de la concesión de la prolongación será un mes antes de la llegada a la fecha prevista de jubilación legal.
La prolongación se realizará por un año, siendo prorrogable si se mantienen las condiciones del otorgamiento, previa solicitud del interesado, y con el límite de setenta años de edad.
