Da 15 TR. de la ley de aguas
- Quedan derogadas, respecto de las actividades industriales incluidas en el ámbito de aplicación de la Ley 16/2002, de 1 de julio, las prescripciones establecidas en relación con los procedimientos de solicitud, concesión, revisión y cumplimiento de las autorizaciones de vertidos a las aguas continentales de cuencas intracomunitarias reguladas en el presente Texto Refundido. - LEY 16/2002, de 1 de julio, de prevencion y control integrados de la contaminacion.
Ver Indice
»D.A. 15ª. Referencias a los acuíferos sobreexplotados.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Las referencias en el articulado de esta Ley a los acuíferos sobreexplotados se entenderán hechas a las masas de agua subterránea en riesgo de no alcanzar el buen estado cuantitativo o químico.
Modificaciones
- Modificación realizada (D.A. 15ª) por Ley 11/2012, de 19 de diciembre, de medidas urgentes en materia de medio ambiente.
(BOE de 20-12-2012) en vigor desde 21-12-2012 - Artículo modificado (D.A. 15ª (se añade)) por Real Decreto-ley 17/2012, de 4 de mayo, de medidas urgentes en materia de medio ambiente.
(BOE de 05-05-2012) en vigor desde 06-05-2012
