D.A. 16ª. Tratamiento de datos de carácter personal
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1. El tratamiento de datos personales que se realice en cumplimiento de esta norma se ajustará a lo dispuesto en el régimen jurídico europeo y estatal en materia de protección de datos de carácter personal.
2. Los datos personales que las personas proporcionen a la administración en ejecución de la presente serán utilizados con las finalidades y los límites previstos en ésta.
Modificaciones
- Artículo modificado (D.A. 16ª (se añade)) por DECRETO LEY 17/2024, de 23 de diciembre, del Consell, de medidas urgentes para la mejora de la fiscalidad verde y desarrollo de la actividad económica en la Comunitat Valenciana.
(GV de 23-12-2024) en vigor desde 24-12-2024
