Da 16 Estatuto Básico del Empleado Público
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»D.A. 16ª. Permiso retribuido para las funcionarias en estado de gestación.
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Cada Administración Pública, en su ámbito, podrá establecer a las funcionarias en estado de gestación, un permiso retribuido, a partir del día primero de la semana 37 de embarazo, hasta la fecha del parto.
En el supuesto de gestación múltiple, este permiso podrá iniciarse el primer día de la semana 35 de embarazo, hasta la fecha de parto.
Modificaciones
- Artículo modificado (D.A. 16ª (Se añade)(Esta modificación entraría en vigor el 01/01/2016, sin embargo perdió vigor por haber sido derogada por completo la LEY 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado P?ºblico con efectos de 01/11/2015)) por Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016.
(BOE de 30-10-2015) en vigor desde 01-11-2015
