Da 16 Imp. sobre la Renta de las Pers. Físicas -IRPF-
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»D.A. 16ª. Movilización de los derechos económicos entre los distintos sistemas de previsión social.
Vigente
Las movilizaciones de los derechos económicos de los sistemas de previsión social a que se refieren los artículos 70 y 72 de esta Norma Foral no tendrán consecuencias tributarias siempre que se cumplan los requisitos y las condiciones que se establezcan reglamentariamente, respetando el régimen específico de las Entidades de Previsión Social Voluntaria.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 22-01-2014 en vigor desde 22-01-2014