Da 16 Presupuestos 2008 Cataluña

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DISPOSICIÓN ADICIONAL DECIMOSEXTA. Prestación por acogida de menores de edad tutelados por la Generalidad.

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De acuerdo con lo establecido por el artículo 22.4 y la disposición transitoria sexta de la Ley 13/2006, de 27 de julio, de prestaciones sociales de carácter económico, se fijan, para la prestación por acogida de menores de edad tutelados por la Generalidad para el ejercicio 2008, los siguientes importes mensuales:

  1. 326 euros para los menores de edad de cero a nueve años.

  2. 362 euros para los menores de edad de diez a catorce años.

  3. 393 euros para los menores de edad de quince o más años, hasta que cumplan dieciocho.