Da 16 Presupuestos 2009 C. Valenciana
DISPOSICIÓN ADICIONAL DECIMOSEXTA. De la modificación del texto refundido de la Ley de Hacienda Pública de la Generalitat Valenciana.
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Se modifica el apartado 2 del artículo 29 del texto refundido de la Ley de Hacienda de la Generalitat Valenciana, aprobado por Decreto Legislativo, de 26 junio de 1991, del Gobierno Valenciano, que queda redactado de la forma siguiente:
Inversiones reales y transferencias de capital.
Transferencias corrientes
Gastos en bienes y servicios cuya contratación, bajo las modalidades establecidas en la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, no pueda ser estipulada o resulte antieconómica por plazo de un año.
Arrendamientos de bienes inmuebles para la Generalitat o para las entidades, instituciones o empresas que dependan de la misma.
Cargas financieras derivadas del endeudamiento.
Cargas financieras derivadas de las ayudas de esta naturaleza concedidas por los distintos órganos de la Generalitat.
2. Tales gastos se podrán efectuar, siempre que tengan por objeto financiar alguna de las actividades siguientes:
