Da 17 Presupuestos 2016 Madrid
D.A. 17ª. Subvención de los servicios de asistencia jurídica gratuita
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1. Durante el año 2016 y con respecto al Consejo de Colegios de Abogados de la Comunidad de Madrid, se mantiene la vigencia de lo dispuesto en la disposición adicional duodécima de la Ley 5/2011, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2012, en relación con la subvención de los servicios de asistencia jurídica gratuita, si bien el porcentaje de rebaja se fija en el 10 por ciento, salvo para los siguientes procedimientos, cuya cuantía para 2016 será la siguiente:
- Procedimiento abreviado:
Cuando finalice por sobreseimiento o conformidad tras declaración judicial: 200 €.
Cuando el enjuiciamiento corresponda al Juzgado de lo Penal: 360 €.
Cuando el enjuiciamiento corresponda a la Audiencia Provincial: 400 €.
- Enjuiciamiento Rápido:
Con conformidad o sobreseimiento: 200 €.
Sin conformidad: 360 €.
- Completo de Familia: 400 €.
- Procedimiento Laboral: 200 €.
- Informe motivado de la insostenibilidad de la pretensión: 150 €.
2. Con vigencia durante 2016 y con respecto al Consejo General de Colegios de Procuradores de la Comunidad de Madrid se mantiene la subvención de los servicios de asistencia jurídica gratuita establecida en el artículo 31.2 del Decreto 86/2003, de 19 de junio, por el que se regula la asistencia jurídica gratuita en el ámbito de la Comunidad de Madrid y se actualizan las bases económicas recogidas en el Anexo II del precitado decreto, fijándose en las siguientes cuantías:
Jurisdicción Penal - Todos los procedimientos: 39 €.
Jurisdicción Penal - Apelaciones: 40 €.
Jurisdicción Civil - Todos los procedimientos: 39 €.
Jurisdicción Civil - Apelaciones: 40 €.
Procedimientos de Especial Complejidad: 100 €.
