Da 17 TR de la Ley de Comarcalización

Da 17 TR. de la Ley de Comarcalización

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D.A. 17ª. Unificación de divisiones comarcales.

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El Gobierno de Aragón unificará las divisiones comarcales y supramunicipales que vengan aplicándose por los distintos Departamentos a efectos de organización y gestión de los servicios a su cargo, al objeto de procurar la homogeneización del mapa comarcal como base geográfica de servicios periféricos, de modo que éstos se refieran siempre a un área comarcal o a un conjunto de áreas comarcales determinadas.