Da 17 Universidades
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»D.A. 17ª. De las actividades deportivas de las Universidades.
Vigente
El Gobierno, a propuesta del Consejo de Coordinación Universitaria, dictará las disposiciones necesarias para coordinar las actividades deportivas de las Universidades con el fin de asegurar su proyección nacional e internacional y articular fórmulas para compatibilizar los estudios de deportistas de alto nivel con sus actividades deportivas.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 24-12-2001 en vigor desde 13-01-2002