Da 17 Universidades -Derogada-
- Con efectos de 30 de marzo de 2022 quedan derogadas las disposiciones referidas a los contratos temporales previstos en el art. 15.1.a) del Estatuto de los Trabajadores, según la redacción del precepto previa a la entrada en vigor del art. 1.3, contenidas en la presente norma, según establece el Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre. - Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantia de la estabilidad en el empleo y la transformacion del mercado de trabajo.
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»D.A. 17ª. De las actividades deportivas de las Universidades.
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El Gobierno, a propuesta del Consejo de Coordinación Universitaria, dictará las disposiciones necesarias para coordinar las actividades deportivas de las Universidades con el fin de asegurar su proyección nacional e internacional y articular fórmulas para compatibilizar los estudios de deportistas de alto nivel con sus actividades deportivas.
