Da 18 IRPF y otras Normas Tributarias

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D.A.18ª. Información con trascendencia tributaria.

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Cuando en aplicación de lo dispuesto en el artículo 116 de la Ley 13/1995, de 18 de mayo, de Contratos de las Administraciones Públicas, el adjudicatario concierte con terceros la realización parcial del contrato, la Administración contratante queda obligada a suministrar a la Agencia Estatal de Administración Tributaria la siguiente información:

a) Identificación del subcontratista.

b) Identificación de las partes del contrato a realizar por el subcontratista.

c) Importe de las prestaciones subcontratadas.

La citada información deberá suministrarse en el plazo de cinco días, computados desde aquél en que tenga lugar la comunicación del contratista a la Administración, establecida en el apartado 2.a) del citado texto legal.