Da 18 Presupuestos 2011 Aragón
D.A. 18ª.-Gestión de la Sección 26, «A las Administraciones Comarcales».
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1. La gestión de los créditos consignados en la Sección 26, «A las Administraciones Comarcales», Programa 911.1, «Transferencias a las Administraciones Comarcales», y Programa 911.2, «Fondo de Cohesión Comarcal», corresponderá conjuntamente a los Consejeros de Política Territorial, Justicia e Interior y de Economía, Hacienda y Empleo.
Con carácter general, los gastos con cargo a los créditos de estos programas se realizarán mediante transferencias incondicionadas y de abono anticipado a las comarcas.
Exclusivamente serán beneficiarias de los créditos consignados en estos programas las comarcas constituidas.
Las transferencias de crédito realizadas desde cualquier programa de gasto a las aplicaciones presupuestarias incluidas en estos programas, o entre partidas de estos últimos, serán autorizadas conjuntamente por los Consejeros de Política Territorial, Justicia e Interior y de Economía, Hacienda y Empleo.
De acuerdo con el plan propuesto por la Comisión Delegada del Gobierno para la Política Territorial, el Consejero de Economía, Hacienda y Empleo ordenará la realización de retenciones de crédito en aquellas partidas de los programas de gasto que previsiblemente vayan a verse afectadas por el proceso de transferencias de competencias a las comarcas.
2. La gestión de los créditos consignados en la Sección 26, «A las Administraciones Comarcales», Programa 531.2, «Desarrollo Sostenible en el Medio Rural», corresponderá conjuntamente a los Consejeros de Presidencia y Medio Ambiente.
Las modificaciones presupuestarias que sean precisas para gestionar los créditos de este programa se aprobarán por el Consejero de Economía, Hacienda y Empleo a propuesta conjunta de los Departamentos gestores de los créditos de dicho programa.
