Da 18 Presupuestos 2012 Aragón

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D.A. 18ª.-Gestión de la Sección 26, «A las Administraciones Comarcales».

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La gestión de los créditos consignados en la Sección 26, «A las Administraciones Comarcales», Programa 911.1, «Transferencias a las Administraciones Comarcales» corresponderá conjuntamente a los Consejeros de Política Territorial e Interior y de Hacienda y Administración Pública.

La gestión de los créditos del Programa 911.2, «Fondo de Cohesión Comarcal», corresponderá al Consejero de Política Territorial e Interior.

Con carácter general, los gastos con cargo a los créditos de estos programas se realizarán mediante transferencias incondicionadas y de abono anticipado a las comarcas.

Exclusivamente serán beneficiarias de los créditos consignados en estos programas las comarcas constituidas.

Las transferencias de crédito realizadas desde cualquier programa de gasto a las aplicaciones presupuestarias incluidas en estos programas, o entre partidas de estos últimos, serán autorizadas conjuntamente por los Consejeros de Política Territorial e Interior y de Hacienda y Administración Pública.

De acuerdo con el plan propuesto por la Comisión Delegada del Gobierno para la Política Territorial, el Consejero de Hacienda y Administración Pública ordenará la realización de retenciones de crédito en aquellas partidas de los programas de gasto que previsiblemente vayan a verse afectadas por el proceso de transferencias de competencias a las comarcas.