Da 18 Presupuestos 2013 Aragón
D.A. 18ª.- Gestión de la Sección 26, «A las Administraciones Comarcales».
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1. La gestión de los créditos consignados en la Sección 26 corresponderá al Consejero de Política Territorial e Interior.
2. Con carácter general, los gastos con cargo a los créditos de estos programas se realizarán mediante transferencias incondicionadas y de abono anticipado a las comarcas.
No obstante, al menos las nuevas cantidades incorporadas a cada comarca (que totalizan 20 millones de euros) se instrumentarán mediante convenios de colaboración a suscribir entre el Gobierno de Aragón y las distintas Entidades Comarcales en el ámbito de sus competencias, para que dichos fondos sean destinados a financiar proyectos y actividades que contribuyan a la vertebración del territorio y, especialmente, a la ejecución y desarrollo de políticas sociales, protección civil y prevención y extinción de incendios.
3. Con el objeto de conseguir la mayor eficacia en la gestión de estos fondos, con cargo a dichos créditos podrá imputarse la financiación de proyectos y actuaciones sin atender a la naturaleza económica de los gastos; de conformidad con las funciones y competencias que tienen las comarcas atribuidas.
4. Las transferencias de crédito realizadas desde cualquier programa de gasto a las aplicaciones presupuestarias incluidas en estos programas, o entre partidas de estos últimos, serán autorizadas conjuntamente por los Consejeros de Política Territorial e Interior y de Hacienda y Administración Pública.
