Da 18 Universidades
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»D.A. 18ª. De las exenciones tributarias.
Vigente
Las exenciones tributarias a las que se refiere la presente Ley, en cuanto afecten a las Universidades situadas en Comunidades Autónomas que gocen de un régimen tributario foral, se adecuarán a lo que se establece en la Ley Orgánica aplicable a esa Comunidad.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 24-12-2001 en vigor desde 13-01-2002